UGT eleva al TSJA la licitación de la ayuda a domicilio de Albolote, por considerar que está por debajo del coste salarial real

Al Sindicato también le preocupa el hecho de que son los continuos retrasos en el pago de las nóminas en los municipios donde Ineprodes se ha hecho con la prestación del servicio

Redacción  |  22 de enero de 2020
Protesta de las trabajadoras de ayuda a domicilio de Granada (CCOO / ARCHIVO)
Protesta de las trabajadoras de ayuda a domicilio de Granada (CCOO / ARCHIVO)

La Federación de Empleados de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Granada, a través de los servicios jurídicos del Sindicato, ha presentado recurso contencioso administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, contra Resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Diputación Provincial de Granada, que avala que los pliegos de contratación administrativa de la ayuda a domicilio que presta Ayuntamiento de Albolote a través de una empresa privada desde el año pasado (Ineprodes), se hayan adjudicado con unas condiciones económicas que no garantizan la cobertura de los costes salariales de los trabajadores y trabajadoras que prestan este servicio público.

Desde UGT se considera que los derechos e intereses legítimos de los trabajadores se pueden ver perjudicados de manera directa o indirecta por esta decisión, ya que avala que un concurso público se licite "a la baja" por debajo de su coste real, en este caso concreto con un precio de 12,19€/hora, insuficiente para cubrir el coste salarial real derivado del Convenio Colectivo de aplicación, cuando según estimaciones del Sindicato, esta cantidad debería elevarse como mínimo a 14,85€/hora.

 

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Diputación Provincial de Granada considera que aspectos como formación, desplazamientos, antigüedad de los trabajadores, complementos de nocturnidad, IT, ropa de trabajo, etc., no son condiciones de trabajo que deban tenerse en cuenta, sino que son situaciones sobrevenidas que pueden o no producirse, por lo que no hay que cuantificarlas. Criterio no compartido por el Sindicato, ya que además de ser una penosa interpretación de lo que es un derecho laboral, sí son aspectos recogidos de forma económica en el Convenio Colectivo.

Además, al Sindicato también le preocupa el hecho de que son los continuos retrasos en el pago de las nóminas en los municipios donde Ineprodes se ha hecho con la prestación del servicio, incluso en ocasiones de varios meses, precisamente porque siempre opta por este tipo de contratos "a la baja", con unas condiciones  que no interesan a la mayoría de empresas del sector. Sólo cuando Ineprodes se ve denunciada es cuando accede al abono de los salarios. Desde UGT se teme que vaya a pasar lo mismo en Albolote.

UGT espera que se dicte por parte del máximo órgano judicial a nivel andaluz una resolución que implique una  nueva redacción de los pliegos de este contrato administrativo, donde se tenga en cuenta lo establecido en el del Convenio Colectivo de aplicación, la ley de Prevención de Riesgos Laborales, los gastos generales y el beneficio industrial, ya que estamos hablando de un servicio público, catalogado como prioritario, y pagado con los impuestos de la ciudadanía. Lo que hay  que promover,  se afirma desde el Sindicato,  es la calidad del servicio, no sólo para los usuarios sino también para los trabajadores y trabajadoras que lo prestan, que en muchos casos están en situación laboral precaria.

 
 
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