Condenado a un año y medio de prisión tras reconocer que agredió sexualmente a la asistenta

También deberá indemnizar en 5.000 euros por el daño causado

Redacción  |  18 de enero de 2025
Real Chancillería de Granada, donde se ubican las secciones penales de la Audiencia de Granada (EUROPA PRESS)
Real Chancillería de Granada, donde se ubican las secciones penales de la Audiencia de Granada (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a un año y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente en una vivienda de la ciudad a la mujer que trabajaba como interna en el servicio doméstico, a la que también deberá indemnizar en 5.000 euros por el daño causado.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, es firme después de que el acusado reconociera los hechos en la vista oral y mostrara su arrepentimiento, lo que ha propiciado que se le aplique la atenuante de confesión y también de reparación del daño, tras entregar mil euros a la víctima a través de su defensa antes de la celebración del juicio.

 

La agresión sexual se produjo sobre las doce y media de la noche del 9 de septiembre de 2022, en una vivienda en la que se encontraba el agresor junto a la víctima, que trabajaba como interna para el servicio doméstico. La Sala considera probado que comenzó a "abrazarla y besarla" con "ánimo libidinoso" y sin el consentimiento de la mujer, a la que en un momento dado agarró del brazo y la llevó a su habitación.

Allí la lanzó sobre la cama y la agarró de las muñecas, inmovilizándola "a la vez que le decía 'bésame, bésame, a ti también te gusta". Fue en este lugar de la casa donde se consumó la agresión sexual, durante la cual la víctima llegó a vomitar.

La Audiencia recalca que el testimonio prestado en la fase de instrucción por la mujer no dejó "resquicio alguno a la duda" en relación con la forma en que ocurrieron los hechos y condena al acusado a un año y medio de prisión; además de otros cinco años de libertad vigilada consistente en participar en programas de educación sexual.

Tampoco podrá comunicarse con la víctima por ningún medio ni podrá acercarse a ella a menos de cien metros durante un periodo de seis años. Estará además inhabilitado durante diez años para cualquier profesión u oficio, sea retribuido o no, que conlleve contacto con menores de edad.

 
 
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