El jurado declara culpable de homicidio en legítima defensa al autor del crimen de Castíllejar
El tribunal popular considera que actuó con miedo insuperable y valora la confesión, además de respaldar la suspensión de la pena para evitar su ingreso en prisión
Un jurado popular ha declarado culpable de un delito de homicidio al hombre de 63 años acusado de matar de un disparo a otro varón en la localidad granadina de Castilléjar en julio de 2021. El veredicto, emitido este viernes tras una jornada de deliberaciones en la Audiencia de Granada, aprecia la eximente incompleta de legítima defensa, la concurrencia de miedo insuperable y la atenuante de confesión.
El tribunal popular, integrado por cinco mujeres y cuatro hombres, ha considerado probado que el acusado actuó en un contexto de fuerte tensión tras un conflicto previo relacionado con la compraventa de una motosierra. Además, ha tenido en cuenta que fue el propio procesado quien telefoneó a la Guardia Civil pocos minutos después de los hechos para informar de lo ocurrido, circunstancia que ha servido para aplicar la atenuante de confesión.
Asimismo, los miembros del jurado han mostrado su respaldo a que se suspenda la pena privativa de libertad, evitando así el ingreso en prisión del acusado, según han informado fuentes del caso. El hombre permanece en libertad provisional después de haber pasado cuatro años en prisión preventiva, el límite máximo permitido por la ley antes de la celebración del juicio.
Durante la vista oral, el acusado sostuvo que disparó en legítima defensa, asegurando que la víctima acudió a su vivienda tras haberle amenazado en repetidas ocasiones por un enfrentamiento relacionado con una motosierra que, según explicó, había descubierto que era robada y cuyo propietario legítimo fue avisado por él.
Según su declaración, las amenazas comenzaron por teléfono y continuaron mediante mensajes de audio, algunos de los cuales fueron reproducidos durante el juicio ante el jurado. El procesado afirmó que el fallecido trató de acceder a su casa cueva momentos antes del disparo, lo que le hizo temer por su integridad física.
La defensa, ejercida por el abogado Rafael López Guarnido, ha mantenido durante todo el procedimiento que los hechos debían calificarse como un homicidio con eximente incompleta de legítima defensa y miedo insuperable, además de la atenuante de confesión, solicitando una condena de cuatro años de prisión.
Por su parte, la Fiscalía modificó durante la última sesión del juicio sus conclusiones iniciales. Si en un principio solicitaba 22 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, finalmente rebajó su petición a ocho años de cárcel por homicidio, incorporando las atenuantes de arrebato u obcecación y confesión.
Será ahora la magistrada presidenta de la Audiencia Provincial de Granada quien dicte sentencia conforme al veredicto emitido por el jurado popular.
La Fiscalía rebajó su petición de 22 a ocho años de prisión al considerar un delito de homicidio con atenuantes, mientras la acusación particular mantiene que se trató de un asesinato premeditado
El acusado, que será juzgado en la Audiencia Provincial de Granada, habría simulado operaciones bursátiles y manipulado documentos para ocultar el destino del dinero








