El Supremo confirma la absolución de María del Mar Villafranca y los otros acusados en el "caso audioguías"

La Sala de lo Penal rechaza el recurso de la Junta de Andalucía y ratifica la sentencia de la Audiencia de Granada

Redacción  |  23 de septiembre de 2026
María del Mar Villafranca en imagen de archivo (EUROPA PRESS)
María del Mar Villafranca en imagen de archivo (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de la exdirectora del Patronato de la Alhambra y Generalife María del Mar Villafranca y de los otros tres acusados en el denominado "caso audioguías", en el que se investigaron supuestas irregularidades relacionadas con la adjudicación y gestión de este servicio en el monumento nazarí.

En una reciente sentencia, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza, en línea con la posición mantenida por la Fiscalía, el recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía contra la resolución de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada que absolvió a los cuatro acusados hace tres años.

 

Junto a Villafranca fueron juzgados la que fuera secretaria general del monumento, Victoria Eugenia Chamorro; el entonces jefe de la Sección Económica y Contabilidad de Ingresos, José M.V.; y el empresario responsable de la compañía a la que se adjudicó el servicio de audioguías, Stendhal Museum Solutions SL.

Los acusados se enfrentaron a delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental. La Audiencia de Granada determinó finalmente que no había quedado acreditada la existencia de un perjuicio económico para el monumento ni de un beneficio personal injusto para el empresario que explotaba el servicio.

Durante el procedimiento, la Fiscalía llegó a cuantificar el supuesto perjuicio económico en 1,2 millones de euros, aunque posteriormente no recurrió la sentencia absolutoria.

El Supremo respalda los argumentos de la Audiencia

El Tribunal Supremo comparte ahora los argumentos de la Audiencia y concluye que no quedó acreditada una recaudación fraudulenta derivada del alquiler de las audioguías por parte de la empresa adjudicataria.

Tampoco considera probado que el administrador de la compañía se apropiara de dinero con el consentimiento de Villafranca o del resto de los acusados, por lo que mantiene las absoluciones dictadas por el tribunal granadino.

Villafranca, que dimitió como directora del Patronato a raíz del caso, declaró durante el juicio celebrado en enero de 2023 que no había participado en la contratación del servicio y que no pretendió "en absoluto" beneficiar a la empresa adjudicataria. También sostuvo que nunca tuvo sospechas de que se estuvieran realizando actuaciones contrarias a la legalidad.

Por su parte, el empresario manifestó durante el juicio que actuó "estrictamente" conforme al contrato tanto para establecer los precios como para abonar el canon correspondiente a la Alhambra. Reconoció, no obstante, que el Patronato "nunca" le solicitó los comprobantes sobre el número de audioguías alquiladas como soporte documental de la facturación generada.

También afirmó que el Patronato pagaba "mal y tarde" y señaló que, aunque su empresa mantuvo deudas con el monumento durante la ejecución del contrato, la Alhambra también le adeudaba cantidades por otros servicios prestados en el conjunto monumental.

Con la decisión del Supremo de declarar que no ha lugar al recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía, queda confirmada la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Provincial de Granada y se cierra judicialmente el "caso audioguías".

 
 
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