El TSJA confirma cinco años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su hija
El alto tribunal andaluz ratifica la condena dictada por la Audiencia y destaca la credibilidad del testimonio de la menor
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cinco años de prisión para un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija menor en Granada, hechos que se produjeron durante el régimen de visitas cuando la niña tenía entre tres y cinco años.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ratifica el fallo de la Audiencia de Granada y condena al acusado como autor de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor de 16 años.
Además de la pena de cárcel, el tribunal establece la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante cinco años, la prohibición de comunicarse con la menor o acercarse a ella a menos de 500 metros durante seis años, y el pago de 6.000 euros de indemnización por daños morales.
Abusos durante el régimen de visitas
Durante el juicio celebrado en la Sección Primera de la Audiencia de Granada, el tribunal consideró probado que el acusado, de 47 años en la actualidad, abusó de su hija entre 2019 y 2021 en un número no precisado de ocasiones.
Los hechos se produjeron aprovechando los momentos en los que el padre estaba con la menor durante el régimen de visitas, cuando la niña tenía entre tres y cinco años.
El tribunal respalda el testimonio de la menor
La defensa recurrió la sentencia alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, el TSJA ha desestimado el recurso y ha respaldado la valoración realizada por la Audiencia de Granada.
El alto tribunal subraya que la corta edad y el escaso desarrollo intelectual de la menor hacen improbable que pudiera inventar los hechos relatados, argumento que fue respaldado por los psicólogos que participaron en el juicio.
Además, la Sala descarta la hipótesis planteada por el acusado de que la niña hubiera sido influenciada por su madre o por su entorno.
Según recoge la sentencia, el relato de la menor durante la prueba preconstituida no mostraba signos de aprendizaje forzado ni de memorización, lo que reforzó su credibilidad ante el tribunal.
El fallo también destaca un detalle relevante del testimonio de la menor: la niña explicó que su padre le dijo que no contara nada porque él podría enterarse “a través de un agujero mágico”.
Con estos argumentos, el TSJA confirma íntegramente la condena dictada por la Audiencia de Granada. No obstante, contra esta resolución aún cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.
El hombre permanece en prisión provisional desde que se produjera la brutal agresión








