La Audiencia de Granada confirma la condena a un conductor ebrio que circuló en sentido contrario por Arabial
El acusado intentó demostrar que estaba sobrio con flexiones y movimientos de boxeo ante la Policía Local
La Audiencia de Granada ha confirmado la condena a un conductor que circuló en sentido contrario por la calle Arabial de la capital tras considerar acreditado que conducía bajo la influencia del alcohol. El tribunal ratifica la sentencia que le impone nueve meses de multa con una cuota diaria de nueve euros y dos años de retirada del permiso de conducir por un delito contra la seguridad vial.
Los hechos ocurrieron pasadas las ocho de la mañana del 15 de junio de 2025. El vehículo del investigado avanzaba en dirección contraria por la vía cuando agentes de la Policía Local de Granada le ordenaron detenerse. En el coche viajaban otras dos personas. Los policías observaron signos evidentes de embriaguez en el conductor y en uno de los acompañantes.
El acusado alegó que circulaba en sentido contrario porque pretendía comprar cigarrillos en un bar cercano. Según su versión, decidió atajar y recorrió «un tramo corto de calle» para evitar dar la vuelta.
Tras el alto policial se sometió a la prueba de alcoholemia. El resultado fue de 0,93 y 0,92 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. El Código Penal considera delictivas esas tasas.
Durante la intervención, el conductor intentó demostrar que estaba en condiciones de conducir. Realizó más de treinta flexiones delante de los agentes. En la última, según recoge la sentencia, «se dio un golpe en la cabeza». También imitó movimientos de boxeo con saltos y golpes en el aire para mostrar su equilibrio.
Los policías reconocieron en el juicio que el detenido estaba «fuerte» y que mantuvo una actitud correcta. No obstante, confirmaron que presentaba síntomas claros de consumo de alcohol. Los agentes explicaron que utilizaba frases incoherentes, repetía comentarios sin relación con la conversación y tenía sangre en una rodilla.
El conductor recurrió la condena ante la Audiencia de Granada. El tribunal provincial ha rechazado el recurso y mantiene la sentencia al considerar acreditado el delito contra la seguridad vial.
El alto tribunal andaluz ratifica la condena dictada por la Audiencia y destaca la credibilidad del testimonio de la menor








