La Fiscalía rebaja de 22 a 8 años la petición de cárcel para el acusado de un homicidio en Castilléjar
El Ministerio Público modifica su calificación de asesinato a homicidio y aprecia las atenuantes de confesión y arrebato tras el desarrollo del juicio con jurado popular
La Fiscalía ha rebajado de forma significativa su petición de condena para el hombre juzgado esta semana en la Audiencia Provincial de Granada por la muerte de otro varón en la localidad granadina de Castilléjar en julio de 2021. El Ministerio Público ha pasado de solicitar inicialmente 22 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía a reclamar una pena de ocho años de cárcel por homicidio.
La modificación de las conclusiones provisionales se produjo durante la última sesión del juicio, que se celebra mediante la fórmula del jurado popular. Tras la práctica de la prueba y la declaración de los distintos intervinientes, la Fiscalía ha considerado que los hechos encajan en un delito de homicidio y no de asesinato, al tiempo que aprecia dos circunstancias atenuantes: la confesión y el arrebato u obcecación.
Según se expuso durante la vista oral, el acusado contactó telefónicamente con la Guardia Civil pocos minutos después de los hechos para informar de lo ocurrido, circunstancia que ha llevado al Ministerio Fiscal a reconocer la atenuante de confesión. Asimismo, también ha considerado acreditada una situación de fuerte alteración emocional derivada del conflicto previo entre ambos hombres.
El procesado, de 63 años, sostuvo durante su declaración que actuó en legítima defensa cuando la víctima acudió a su domicilio, una casa cueva situada en Castilléjar, el 23 de julio de 2021. Según su versión, entre ambos existía un enfrentamiento previo relacionado con la compraventa de una motosierra que posteriormente descubrió que había sido sustraída.
El acusado aseguró que, tras comunicar la situación al legítimo propietario de la herramienta, comenzó a recibir amenazas telefónicas y mensajes de audio por parte del fallecido. Dichas grabaciones fueron reproducidas durante el juicio ante los miembros del jurado y, según la defensa, las amenazas se habrían intensificado poco antes del crimen, cuando la víctima trató de acceder al domicilio.
La defensa, representada por el abogado Rafael López Guarnido, argumenta que el disparo mortal se produjo en un contexto de miedo y elevada tensión emocional. Por ello, califica los hechos como un delito de homicidio con las atenuantes de legítima defensa y confesión, solicitando una pena de cuatro años de prisión.
Frente a esta postura, la acusación particular, ejercida por la familia de la víctima, mantiene que se trató de un asesinato premeditado. Según sostiene, el escenario de los hechos había sido preparado con antelación para cometer el crimen, por lo que mantiene su petición inicial de 25 años de cárcel.
Está previsto que este jueves el magistrado-presidente entregue a los nueve miembros del jurado popular —cinco mujeres y cuatro hombres— el objeto del veredicto, documento en el que se recogen los hechos que deberán considerar probados o no probados. A continuación, los jurados quedarán incomunicados para deliberar hasta alcanzar una decisión.
Una vez emitido el veredicto, las partes serán convocadas nuevamente para su lectura pública. El acusado permanece actualmente en libertad provisional después de haber pasado cerca de cuatro años en prisión preventiva por estos hechos.
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