Piden cinco años de prisión para un hombre acusado de cobrar durante 22 años la pensión de su madre fallecida
La Fiscalía sostiene que percibió de forma indebida más de 210.000 euros y reclama una multa de 350.000 euros, además de una indemnización a la Seguridad Social
La Fiscalía de Granada ha solicitado cinco años de prisión para un hombre, de unos 60 años, acusado de haber cobrado durante 22 años la pensión de viudedad de su madre tras su fallecimiento, obteniendo presuntamente de forma indebida más de 210.000 euros.
El acusado será juzgado el próximo mes de septiembre en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada como presunto autor de un delito continuado de fraude de prestaciones a la Seguridad Social.
Además de la pena de cárcel, el Ministerio Público solicita la imposición de una multa de 350.000 euros.
La Fiscalía también reclama que el procesado indemnice a la Seguridad Social con 168.927 euros y que se le imponga la pérdida del derecho a obtener subvenciones o beneficios fiscales durante un periodo de siete años.
Según el escrito de acusación, la madre del acusado era beneficiaria de una pensión de viudedad que percibía mensualmente en su cuenta bancaria. Tras su fallecimiento, en marzo de 1996, su hijo no habría comunicado la defunción a la Tesorería General de la Seguridad Social y habría trasladado el cobro de la prestación a una cuenta compartida con su progenitora.
De este modo, siempre según la versión de la Fiscalía, el acusado se apropió de las mensualidades de la pensión desde el fallecimiento de su madre hasta diciembre de 2018, acumulando un perjuicio económico para la Seguridad Social de 210.210 euros.
El Ministerio Fiscal también señala que la entidad bancaria no comunicó el fallecimiento de la pensionista a la Seguridad Social al no realizar los controles de vivencia pertinentes. El banco ha reintegrado ya a la Seguridad Social el importe correspondiente a los cuatro últimos años de la prestación, una cantidad que asciende a 41.282 euros.
Por este motivo, la Fiscalía considera a la entidad bancaria responsable civil subsidiaria respecto a la indemnización que pudiera imponerse al acusado en caso de que resulte condenado por la Audiencia Provincial de Granada.
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