Archivada la causa por el atropello mortal de una pareja en Molvízar al no apreciarse responsabilidad del conductor
La jueza considera “imprevisible” la presencia de las víctimas en la carretera y descarta indicios de delito en el siniestro ocurrido en diciembre de 2024
El juzgado ha acordado el archivo de la causa por el atropello mortal de una pareja, un hombre y una mujer de entre 40 y 50 años, que se encontraban tumbados en la calzada en una carretera de Molvízar (Granada) en el momento del accidente.
El siniestro tuvo lugar en torno a las ocho de la tarde del 1 de diciembre de 2024 en la GR-5300, ya de noche. Según recoge un auto judicial al que ha tenido acceso Europa Press, las víctimas estaban tendidas en la vía, él sobre ella, sin iluminación ni elementos reflectantes, a escasos cinco metros del cortijo donde residían.
Antes del impacto, el conductor se cruzó con otro vehículo que le realizó una ráfaga de luces y, pocos metros después, advirtió la presencia de la pareja en la carretera. En un tramo recto y con escasa iluminación, intentó esquivarlos por la izquierda, pero no logró evitar el atropello.
La titular de la plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Motril no aprecia indicios de criminalidad en lo ocurrido. Según el auto, el vehículo circulaba con el sistema de iluminación en correcto funcionamiento, las pruebas de alcohol y drogas realizadas al conductor fueron negativas y no se hallaron elementos relevantes en el interior del coche.
La resolución judicial atribuye la causa del accidente a la presencia de las dos personas en la vía en circunstancias antirreglamentarias y por motivos que no han podido esclarecerse. La jueza califica lo ocurrido como “un supuesto anómalo y extraordinario”, ajeno a los riesgos habituales de la circulación y no razonablemente previsible para un conductor diligente.
Asimismo, señala que, a la vista del informe policial, no se puede imputar al conductor una infracción del deber de cuidado ni una conducta generadora de un riesgo jurídicamente reprochable, por lo que el resultado del accidente no le es atribuible de forma objetiva.
Por todo ello, el juzgado ha decretado el archivo de la causa mediante un auto fechado el pasado 18 de marzo, contra el que cabe recurso.
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