Condena de 17 años a pareja por abusos y malos tratos a menor en Granada

La Audiencia impone la misma pena a la madre por no impedir agresiones sexuales del padrastro

Redacción  |  18 de febrero de 2026
Varios furgones de la Policía Nacional en la Real Chancillería de Granada con motivo de un juicio. Archivo.
Varios furgones de la Policía Nacional en la Real Chancillería de Granada con motivo de un juicio. Archivo.

La Audiencia de Granada ha condenado a un total de 17 años de prisión a una pareja por los malos tratos y las agresiones sexuales continuadas a las que se vio sometida la hija de ella durante los años en los que, siendo menor, convivió con ambos en el domicilio familiar.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, narra una situación continuada de malos tratos desde que la menor tenía unos seis años y que, a partir de que cumpliera los 13, se recrudeció con frecuentes agresiones sexuales por parte de la pareja de su madre.

 

La progenitora estaba dentro de la vivienda cuando se produjeron muchos de estos abusos y pese a que conocía lo que estaba ocurriendo "no hizo nada para impedirlo", motivo por el que se le impone la misma condena que al agresor, 15 años de prisión que se suman a otros dos años más por los malos tratos habituales que ambos cometieron contra la pequeña.

La sentencia, contra la que cabe recurso, considera probado que la pareja se dirigía de forma despectiva a la niña desde que tenía seis años, insultándola y golpeándola de forma habitual. Nunca recibió asistencia médica y frente a otras personas hacían creer que las lesiones eran fruto de caídas.

Cuando la menor cumplió 13 años comenzaron los tocamientos y las agresiones sexuales por parte de su padrastro hasta que ya, al alcanzar la mayoría de edad, y coincidiendo con una última agresión el día del cumpleaños de su madre, ella decidió que "eso no ocurriría más". Se marchó del domicilio y denunció los hechos unos meses después.

Expone el tribunal que en muchas ocasiones, la madre estaba en la vivienda y pudo ver cómo su pareja "se encerraba en el dormitorio" con la niña, la cual le verbalizó en numerosas ocasiones lo que estaba sucediendo.

Le llegó a decir que su marido era "un monstruo", que le había "violado" y que le estaba "arruinado la vida" sin que ella "tomase decisión alguna para impedir que continuase la situación".

De hecho, en una ocasión que la menor pensó que se había quedado embarazada, ambos la golpearon hasta que empezó a sangrar de forma abundante, "sangrado que duró varios días acompañado de fuertes dolores". Como consecuencia de todos estos hechos la víctima continúa recibiendo asistencia psicológica. Ambos acusados deberán indemnizarla en 60.000 euros por daños morales.

La Sala considera que la declaración de la joven (practicada como prueba preconstituida y visionada en el juicio) muestra "una coherencia y una sinceridad que solo puede estar basado en la propia experiencia de la denunciante".

De hecho, llegó a narrar que en la casa desde pequeños plantaban marihuana, vendían droga y "nadie quería hablar nada". Se automedicaba con tranquilizantes y nunca le quisieron llevar al médico ni al psicólogo porque, según su testimonio, sabían que si iba "contaría la verdad de lo que pasaba".

La Audiencia de Granada sostiene que el testimonio es suficiente, por sí solo, para fundamentar una condena para ambos procesados; tanto en el delito de malos tratos como en el delito de agresión sexual cometido por su padrastro.

Respecto a este último, recalca la Sala que en el caso de la madre la comisión de delito contra la libertad sexual es "imputable también en concepto de autoría, puesto que tenía la posición de garante respecto a su hija, menor de edad cuando comenzaron las agresiones, y conociendo las continuas agresiones de las cuales era víctima no hizo nada por impedirlo".

Además, la Audiencia les prohíbe comunicarse o acercarse a la joven durante un periodo de veinte años y, una vez salgan de la cárcel, tendrán que cumplir seis años de libertad vigilada.

 
 
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