Condenado a seis años de prisión el hombre que mató de un disparo a otro tras un conflicto por una motosierra en Castilléjar
La Audiencia de Granada aprecia las atenuantes de confesión y miedo insuperable, aunque rechaza aplicar la eximente incompleta de legítima defensa
La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a seis años de prisión al hombre que mató de un disparo a otro varón en la localidad de Castilléjar tras un enfrentamiento originado por una motosierra robada.
El tribunal lo considera autor de un delito de homicidio y le aplica las atenuantes de confesión y miedo insuperable.
El condenado, de 63 años, permanece actualmente en libertad provisional después de haber pasado cuatro años en prisión preventiva, el límite máximo que permite la ley antes de la celebración del juicio.
La resolución llega después de que un jurado popular lo declarara culpable del homicidio. Inicialmente, la Fiscalía solicitó 22 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, aunque tras la celebración del juicio rebajó su petición a ocho años de cárcel por homicidio con las atenuantes de arrebato u obcecación y confesión.
Durante el juicio, celebrado el pasado mes de junio, el acusado sostuvo que actuó en legítima defensa cuando, el 23 de julio de 2021, la víctima acudió a su vivienda tras un conflicto previo relacionado con la venta de una motosierra.
Según quedó expuesto en la vista oral, el enfrentamiento comenzó cuando el acusado descubrió que la motosierra que pretendía comprar había sido robada y avisó a su legítimo propietario. A raíz de ello, comenzó a recibir amenazas telefónicas y mensajes de audio por parte de la víctima, que fueron reproducidos durante el juicio ante los miembros del jurado.
Las amenazas culminaron el día de los hechos, cuando la víctima se presentó en la casa cueva del acusado e intentó acceder al inmueble.
Ambos mantuvieron una fuerte discusión y un forcejeo en la puerta de la vivienda, momento en el que el acusado efectuó un disparo que acabó con la vida del otro hombre prácticamente en el acto.
La defensa, ejercida por el abogado Rafael López Guarnido, sostuvo que el disparo se produjo en un contexto de gran tensión y miedo por la integridad física tanto del acusado como de su hijo, solicitando que se apreciara una eximente incompleta de legítima defensa junto a las atenuantes de confesión y miedo insuperable.
La sentencia considera probado que, tras los hechos, el acusado pidió a su hijo que avisara a la Guardia Civil. Los agentes acudieron poco después al domicilio y el procesado reconoció inmediatamente ser el autor del disparo.
Aunque el jurado popular dio por acreditada la legítima defensa, la Audiencia Provincial no ha estimado la eximente incompleta solicitada por la defensa y ha fijado finalmente la pena en seis años de prisión al apreciar únicamente las atenuantes de confesión y miedo insuperable.
La Sala de lo Penal deliberará el próximo 9 de septiembre sobre el recurso de la Junta de Andalucía contra la sentencia que exoneró a la exdirectora del Patronato María del Mar Villafranca y al resto de acusados
La decisión se adopta tras un informe de la Fiscalía que alerta de su "peligrosidad", mientras la defensa anuncia que recurrirá la medida










