El Tribunal Supremo revisará en septiembre la absolución del 'caso audioguías' de la Alhambra

La Sala de lo Penal deliberará el próximo 9 de septiembre sobre el recurso de la Junta de Andalucía contra la sentencia que exoneró a la exdirectora del Patronato María del Mar Villafranca y al resto de acusados

Redacción  |  13 de julio de 2026
La que fuera directora de la Alhambra, María del Mar Villafranca, atendiendo a los medios de comunicación (ALEX CÁMARA / EUROPA PRESS)
La que fuera directora de la Alhambra, María del Mar Villafranca, atendiendo a los medios de comunicación (ALEX CÁMARA / EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo deliberará el próximo 9 de septiembre sobre el conocido como 'caso audioguías' de la Alhambra, una causa judicial centrada en las supuestas irregularidades en la adjudicación y gestión del servicio de alquiler de audioguías del monumento granadino, el segundo más visitado de España.

La Sala de lo Penal analizará el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada, que en 2023 absolvió a la exdirectora del Patronato de la Alhambra y el Generalife, María del Mar Villafranca, y al resto de los acusados de los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental.

 

La Sección Segunda de la Audiencia concluyó entonces que no habían quedado acreditadas las irregularidades atribuidas a los procesados y que tampoco existió un perjuicio económico para el monumento, cifrado por la Fiscalía en 1,2 millones de euros, ni un beneficio personal injustificado para el empresario adjudicatario del servicio.

La Junta de Andalucía recurrió el fallo al considerar que la sentencia vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y adolece de una falta de motivación suficiente. Entre sus argumentos sostiene que la Audiencia valoró de forma errónea la documentación de la Agencia Tributaria, que, según la Administración autonómica, acreditaría que la empresa adjudicataria estaba embargada y carecía de capacidad para contratar con la Administración cuando se decidió prorrogar el contrato.

Asimismo, el recurso cuestiona la valoración realizada sobre el cálculo del canon, las compensaciones económicas consideradas indebidas y la supuesta modificación ilegal del contrato, además de sostener que la resolución judicial dio por probados determinados hechos que, a su juicio, condicionaban el sentido absolutorio del fallo.

María del Mar Villafranca, que dimitió de la dirección del Patronato en 2015 tras estallar este procedimiento, se enfrentaba a una petición de cinco años de prisión por parte de la Fiscalía. Durante el juicio, celebrado en enero de 2023, defendió que nunca participó en la contratación del servicio ni trató de favorecer a la empresa adjudicataria, asegurando además que no tuvo conocimiento de actuaciones contrarias a la legalidad.

La sentencia también absolvió a la entonces secretaria general del Patronato, Victoria Eugenia Chamorro, así como al exjefe de la Sección Económica y Contabilidad de Ingresos, José M. V., y al empresario responsable de la explotación del servicio. En este último caso, la Fiscalía solicitaba diez años de prisión y una multa de un millón de euros, aunque finalmente decidió no recurrir la absolución.

Durante el juicio, el empresario sostuvo que cumplió "estrictamente" las condiciones del contrato tanto en la fijación de precios como en el pago del canon al Patronato. Reconoció, no obstante, que nunca se le requirieron justificantes del número de audioguías alquiladas y aseguró que el Patronato "pagaba mal y tarde", llegando a afirmar que, aunque mantenía deudas con la Alhambra, el monumento también le adeudaba importantes cantidades por otros servicios prestados.

Será ahora el Tribunal Supremo el encargado de decidir si confirma la absolución dictada por la Audiencia de Granada o estima, total o parcialmente, el recurso presentado por la Junta de Andalucía.

 
 
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