El TSJA rechaza la recusación de Manuel Piñar contra cuatro magistrados de la Audiencia de Granada
La Sala Especial de Recusaciones descarta la existencia de enemistad manifiesta y mantiene el juicio preliminar por el presunto delito de odio fijado para el 1 de octubre
La Sala Especial de Recusaciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la recusación presentada por el magistrado jubilado Manuel Piñar contra cuatro magistrados de la Audiencia Provincial de Granada, al considerar que no existen motivos que justifiquen apartarlos de la causa en la que está procesado por un presunto delito de odio.
En un auto fechado el 22 de julio, contra el que no cabe recurso, la Sala rechaza los argumentos de Piñar, quien alegaba un supuesto "interés directo" de los magistrados en el procedimiento y una "enemistad manifiesta" hacia su persona. La resolución ordena además devolver el conocimiento de la causa a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada.
El procedimiento judicial tiene su origen en una denuncia presentada por el abogado de Juana Rivas por una serie de publicaciones realizadas presuntamente por Piñar en Facebook, en las que se habrían vertido comentarios despectivos contra colectivos de migrantes y minorías étnicas. La Sección Segunda de la Audiencia de Granada ha fijado para el próximo 1 de octubre la celebración de la audiencia preliminar, mientras que la Fiscalía mantiene su petición de sobreseimiento
provisional de la causa.
En su resolución, la Sala de Recusaciones, integrada por el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, y trece magistrados, concluye que las acusaciones formuladas por Piñar se sustentan en "meras conjeturas" y descarta que exista la enemistad alegada, incluso respecto a las referencias realizadas por el magistrado jubilado a los vínculos matrimoniales entre integrantes de distintas secciones de la Audiencia Provincial.
No es la primera vez que Manuel Piñar dirige acciones contra magistrados de la Audiencia de Granada. El pasado año presentó una querella contra tres integrantes de la Sección Segunda por ordenar la reapertura de la investigación por delito de odio, aunque el TSJA archivó aquella iniciativa al considerar que carecía de fundamento jurídico.
Tampoco prosperó la queja que elevó posteriormente ante el Consejo General del Poder Judicial.
Piñar ha negado durante la instrucción ser el autor de las publicaciones difundidas en Facebook y sostiene que el procedimiento responde a una "persecución" contra su persona. Frente a ello, la acusación particular solicita una condena de 18 meses de prisión y una multa de 6.600 euros.
La investigación fue archivada inicialmente, pero la Audiencia Provincial ordenó su reapertura en 2023 al apreciar que algunas de las publicaciones denunciadas contenían expresiones despectivas dirigidas a determinados grupos étnicos y nacionales que, de haber alcanzado suficiente difusión pública, podrían constituir una incitación a la discriminación o al odio.
De forma paralela, este procedimiento dio lugar a otras actuaciones judiciales relacionadas con el uso de mensajes privados y la investigación sobre un grupo de WhatsApp gestionado por el despacho Aránguez Abogados, en el marco del prolongado enfrentamiento judicial entre el letrado y el magistrado, que se jubiló voluntariamente en 2024.
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