La Audiencia absuelve al exalcalde de Otura y a cinco exconcejales por la gestión del contrato de basuras

El tribunal considera que la rescisión del servicio en 2010 no fue una decisión arbitraria ni tiene relevancia penal

Redacción  |  11 de septiembre de 2026
El exalcalde de Otura, Ignacio Fernández-Sanz. Archivo (EUROPA PRESS/OTURA)
El exalcalde de Otura, Ignacio Fernández-Sanz. Archivo (EUROPA PRESS/OTURA)

La Audiencia de Granada ha absuelto al exalcalde de Otura Ignacio Fernández-Sanz (PP) y a otros cinco exconcejales del delito continuado de prevaricación administrativa por el que fueron juzgados el pasado mes de junio en relación con la gestión del contrato municipal de recogida de residuos y limpieza viaria.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, contra la que cabe recurso, descarta que tengan relevancia penal tanto el acuerdo para rescindir el contrato con la empresa concesionaria, aprobado en el pleno extraordinario celebrado el 5 de noviembre de 2010, como la posterior firma del acuerdo para su resolución.

 

Los seis acusados se enfrentaban finalmente a una petición de inhabilitación especial para empleo o cargo público, que en el caso del exalcalde alcanzaba los 15 años. Durante la última sesión del juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones y retiró la petición inicial de cinco años de prisión por delitos de fraude en la contratación y malversación de caudales públicos.

Un contrato marcado por la deuda y una huelga de basuras

El contrato de recogida de residuos y limpieza viaria había sido aprobado en 2008 y fue rescindido dos años después, en un contexto marcado por una huelga de basuras. Durante el juicio, Fernández-Sanz, defendido por la letrada Amira Monchietti, explicó que la adjudicación pretendía solucionar los problemas históricos que sufría Otura en materia de limpieza.

Según expuso el exregidor ante el tribunal, la "difícil" situación económica del Ayuntamiento impidió hacer frente a los pagos a la concesionaria y acabó generando una deuda cercana a los 2,5 millones de euros. La empresa dejó posteriormente de pagar a sus trabajadores, cuya huelga indefinida provocó la acumulación de toneladas de residuos en las calles. Ante esta situación, el entonces alcalde negoció con la concesionaria la rescisión del contrato y un acuerdo para afrontar las cantidades pendientes en un plazo de cinco años.

La Audiencia no aprecia una decisión arbitraria

La Sala recuerda en su resolución que para que exista un delito de prevaricación administrativa es necesario que una autoridad o funcionario dicte una resolución que sea "no sólo ilegal, sino arbitraria y dictada a sabiendas de su injusticia", circunstancias que el tribunal considera que no concurren en este caso.

La Audiencia señala además que la existencia de un debate político y de discrepancias entre los diferentes grupos municipales en torno a la decisión adoptada "constituye una manifestación ordinaria del pluralismo político y del funcionamiento de los órganos colegiados de la Administración local".

"La existencia de opiniones contrarias o el rechazo de la oposición no transforma, por sí solo, la decisión mayoritaria en arbitraria o injusta", sostiene el tribunal, que advierte de que considerar lo contrario supondría trasladar al ámbito penal cuestiones que corresponden a la legalidad administrativa y al control de la jurisdicción contencioso-administrativa.

La resolución supone así la absolución de Fernández-Sanz y de los otros cinco antiguos concejales que se sentaron junto a él en el banquillo por la gestión y posterior rescisión del contrato municipal de recogida de residuos y limpieza viaria de Otura.

 
 
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