Los condenados por el doble crimen de Los Yesos piden al TSJA repetir el juicio y anular el veredicto del jurado
Las defensas de los dos principales acusados solicitan la nulidad de la sentencia que les impuso la prisión permanente revisable por el asesinato de una pareja en Sorvilán y la agresión sexual a una de las víctimas
Las defensas de los dos principales condenados por el conocido como doble crimen de Los Yesos han solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la nulidad del juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Granada y del veredicto emitido por el jurado popular que los declaró culpables de los hechos ocurridos en abril de 2022 en una finca de Sorvilán.
Los dos acusados, ambos de nacionalidad marroquí y de 30 años de edad, fueron condenados a prisión permanente revisable, la máxima pena contemplada en el Código Penal español, por el asesinato de una pareja y por la agresión sexual cometida contra la mujer antes de su muerte. La sentencia supuso además la primera ocasión en la que esta pena se imponía en la provincia de Granada.
Según recogen los recursos presentados ante el TSJA, las defensas consideran que existe una “ausencia absoluta de motivación” en el veredicto del jurado popular, por lo que reclaman que la causa regrese a la Audiencia de Granada y se celebre un nuevo juicio con un jurado diferente.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha señalado para este miércoles, 24 de junio, una vista en la que se analizarán los recursos presentados por las distintas partes personadas en el procedimiento. En la causa también fueron condenados otros dos hombres de nacionalidad española a penas superiores a los 59 y 52 años de prisión por su participación en los hechos.
Uno de los recursos, presentado por la defensa de uno de los principales condenados, solicita de manera subsidiaria la absolución de su cliente respecto al delito de agresión sexual, al considerar que no existen pruebas suficientes que acrediten su participación directa en ese hecho concreto.
El abogado sostiene que la condena por agresión sexual carece de una base probatoria individualizada y que se habría producido un “efecto arrastre” derivado de la extrema gravedad del resto de delitos juzgados. En este sentido, argumenta que la mera presencia en el lugar de los hechos o la participación en otros delitos no implica automáticamente la coautoría en una agresión sexual si no se demuestra un dominio funcional sobre dicha conducta.
En caso de que el tribunal no estime la nulidad del procedimiento ni la absolución solicitada, las defensas plantean una alternativa consistente en dejar sin efecto la prisión permanente revisable y recalificar jurídicamente los hechos para imponer penas individualizadas ajustadas, según sostienen, a los principios de proporcionalidad y culpabilidad.
Los hechos se remontan al 20 de abril de 2022, cuando, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, los acusados accedieron a un cortijo ubicado en la zona de Los Yesos, en el término municipal de Sorvilán, con la intención de cometer un robo aprovechando la ausencia de sus moradores.
Sin embargo, cuando el propietario regresó a la vivienda fue interceptado por los asaltantes, quienes, presuntamente armados y ocultando sus rostros, lo redujeron y maniataron mientras le exigían dinero. Poco después llegó su pareja sentimental, que también fue inmovilizada.
La resolución judicial declaró probado que el hombre fue asesinado posteriormente y que la mujer fue víctima de una agresión sexual antes de ser asesinada. Tras ello, los condenados trasladaron los cuerpos en una furgoneta hasta una zona escarpada próxima al cortijo, donde los abandonaron con el objetivo de ocultar el crimen.
Ahora será el TSJA el encargado de analizar los recursos presentados y determinar si confirma íntegramente las condenas impuestas por la Audiencia de Granada o si aprecia alguna de las irregularidades denunciadas por las defensas.
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