Un juez considera incumplido el contrato por un sistema agrícola que no automatizaba la conducción

El TSJA avala que el producto no cumplió las expectativas del comprador y señala que la resolución, dictada en Guadix, aún puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial

Redacción  |  25 de marzo de 2026
Imagen de recurso de un tractor (REMITIDA POR EL 112)
Imagen de recurso de un tractor (REMITIDA POR EL 112)

La Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia número 2 de Guadix (Granada) ha condenado a una empresa a devolver 6.140 euros a un agricultor por la venta de un sistema de automatización de conducción agrícola que no llegó a funcionar. Así lo ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que confirma que el contrato de compraventa ha sido resuelto al acreditarse el incumplimiento del producto.

Según la sentencia, el sistema de autoguiado mediante GPS prometía permitir que el tractor realizara recorridos automáticos siguiendo trayectorias previamente programadas, incluso en condiciones de baja visibilidad y sin intervención constante del conductor. Sin embargo, tras un año de intentos de configuración, cambios de componentes y pruebas técnicas, el equipo nunca cumplió su función básica.

 

El juzgado considera probado que tanto el software como los componentes del sistema no llegaron a funcionar de manera útil ni efectiva, lo que llevó al comprador a solicitar la resolución del contrato y la devolución del importe abonado. Además, la empresa deberá asumir los intereses y las costas judiciales.

La resolución subraya que no puede atribuirse al comprador la responsabilidad del fallo, pese a tratarse de un kit autoinstalable. En este sentido, el juez destaca la ausencia de instrucciones adecuadas, tutoriales o soporte técnico suficiente, limitándose la información a simples imágenes de otras instalaciones.

Asimismo, se pone de relieve que ni siquiera un ingeniero técnico agrícola logró poner en funcionamiento el sistema, ni tampoco la propia empresa vendedora consiguió configurarlo correctamente. El fallo también cuestiona la validez del informe técnico presentado por la demandada, al no haberse realizado sobre el equipo concreto vendido, sino sobre otro distinto.

El tribunal critica igualmente la falta de controles de calidad, auditorías del producto o verificación de posibles fallos por parte de la empresa, lo que evidencia una ausencia de estándares técnicos y de garantía en el sistema comercializado.

En su argumentación, el juez recuerda que este tipo de productos tecnológicos se venden por el resultado que ofrecen y no por el esfuerzo del fabricante. Al no cumplir con la automatización prometida, se considera que hubo un incumplimiento esencial del contrato, privando al comprador de lo que razonablemente esperaba.

Por último, el TSJA indica que la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Granada.

 
 
Noticias relacionadas
23/03/2026 | Redacción

El tribunal aplica la atenuante de reparación del daño tras el pago previo de 4.000 euros y mantiene la indemnización a la víctima

22/03/2026 | Redacción

La Fiscalía sostiene que extrajo más de 3.700 euros sin consentimiento y solicita además multa e indemnización para la víctima