Aumenta el control sobre las acampadas en el Parque Nacional de Sierra Nevada

El Seprona de la Guardia Civil detecta 12 infracciones por acampada en la zona

Redacción  |  24 de agosto de 2020
Acampada en Siete Lagunas (GUARDIA CIVIL)
Acampada en Siete Lagunas (GUARDIA CIVIL)

La Guardia Civil extrema la vigilancia del Espacio Natural de Sierra Nevada por medio de patrullas conjuntas del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) y la Unidad de Helicópteros de la Guardia Civil de Granada (UHEL), con la colaboración de agentes de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Uno de los objetivos de las vigilancias del Parque Nacional por parte de la Guardia Civil es detectar conductas incívicas y antirreglamentarias de los usuarios del parque y de esta forma minimizar el riesgo de accidentes, incendios y deterioro del ecosistema. 

 

El pasado día 13 de agosto, una de estas patrullas conjuntas formada por agentes del Destacamento de Sierra Nevada del Seprona de la Guardia Civil con el apoyo de la Unidad Aérea del Cuerpo y el Coordinador General Espacio Natural Sierra Nevada, se saldó con la detección de 12 infracciones por acampada ilegal en la zona conocida como paraje “Siete Lagunas” en término municipal de Trevélez, en pleno Parque Nacional de Sierra Nevada. 

La Guardia Civil recuerda que de forma general no está permitida la acampada libre en el Parque Nacional de Sierra Nevada, entendiéndola como la instalación de una o más tiendas de campaña durante el día. Sí estaría permitido el “vivaqueo” o pernocta nocturna al raso con medios de abrigo o con tienda de campaña ligera, siempre que se notifique previamente mediante escrito dirigido al Director-Conservador del Parque Nacional y además se cumplan las normas recogidas en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada.

Lugares prohibidos para el vivaqueo

Entre las normas que se recogen en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada se citan los lugares en los que en ningún caso se permite el vivaqueo o acampada nocturna: No se permite en parajes situados en cota inferior a 1600 metros, ni a menos de 500 metros de pistas forestales abiertas al tránsito de vehículos. Tampoco a menos de 1 kilómetro de carreteras asfaltadas. Habrá que respetar un mínimo de 50 metros de distancia a lagunas de alta montaña. 

 
 
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