Condenado a siete años de prisión por agredir sexualmente a una mujer en los servicios de un pub

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA desestima el recurso del acusado por entender, entre otros extremos, que "no existe duda" de que era él la persona a la que la víctima denunció

Redacción  |  23 de mayo de 2022
Sede TSJA en Granada (EUROPA PRESS)
Sede TSJA en Granada (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de siete años de prisión y otros siete de libertad vigilada para un hombre por agredir sexualmente a una mujer en el baño de un pub de la ciudad de Granada después de que ella se negara de forma reiterada a mantener relaciones sexuales con él.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA desestima el recurso del acusado por entender, entre otros extremos, que "no existe duda" de que era él la persona a la que la víctima denunció por la agresión sexual y que su versión de los hechos es "sólida", sin incurrir en contradicción alguna, y goza de coherencia, a lo que se suman el resto de pruebas aportadas a la causa.

 

Por ello, al alto tribunal confirma el fallo dictado contra el acusado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada, que también le condena a indemnizar a la víctima en 8.000 euros y le prohíbe acercarse o comunicarse con ella durante nueve años.

Los hechos se remontan a la una de la madrugada del pasado 29 de marzo de 2018, cuando el acusado se acercó junto a otro individuo a la víctima y una amiga en el interior de un pub situado en la plaza de San Agustín. Ambos entablaron conversación "de inmediato" y comenzaron poco después a "besarse" tras lo que decidieron apartarse de la barra para ir a una zona "algo más reservada en la que, pasados unos minutos, el acusado le pidió mantener relaciones sexuales íntimas".

La chica se negó, pero él insistió "pese a la reiterada negativa" de la víctima hasta el punto de agarrarla de la muñeca y tirar de ella hacia la zona de los servicios del local, situada cerca del lugar en que se hallaban.

Tras franquear una primera puerta metálica que daba acceso a un corredor en el que se encontraban los servicios, hizo entrar a la chica en el servicio destinado a personas con discapacidad y, tras cerrar la puerta y situarse contra la misma, "comenzó a quitarle a la ropa" con el objetivo de agredirla sexualmente.

En un momento dado, la joven pudo zafarse, salir rápidamente del servicio y dirigirse a la barra donde se encontraba su amiga, a quien le puso de manifiesto que "había vivido una experiencia horrible y que se había sentido violentada", según consta en la sentencia, contra la que cabe recurso de casación.

 
 
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