El TSJA confirma tres años de cárcel para un miembro de un tribunal de oposiciones que no se abstuvo pese a su relación con una aspirante
El condenado había sido profesor de la opositora y mantenido una relación sentimental con ella durante el proceso selectivo para maestro celebrado en Granada en 2017
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a tres años de prisión para un funcionario que participó como secretario de un tribunal de oposiciones a maestro en Granada pese a que una de las aspirantes había sido alumna suya y ambos habían mantenido una relación sentimental.
La Sala de lo Civil y Penal ha ratificado la condena dictada en 2024 por la Audiencia de Granada por un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, aunque ha estimado parcialmente el recurso del acusado para reducir la multa de 10.800 a 1.800 euros. También establece una pena de dos años de inhabilitación especial para desempeñar su función docente de Educación Primaria como funcionario.
Los hechos se remontan al proceso selectivo para la especialidad de inglés desarrollado entre el 24 de junio y finales de julio de 2017. El acusado ejerció como secretario del tribunal y firmó una declaración en la que aseguraba no encontrarse en ninguna de las circunstancias legales que obligaban a abstenerse y no haber realizado tareas de preparación de aspirantes para el mismo cuerpo y especialidad durante los cinco años anteriores.
También declaró no encontrarse afectado por ninguna causa de abstención, entre las que figuraba expresamente mantener una amistad íntima o enemistad manifiesta con alguno de los aspirantes.
Sin embargo, la sentencia considera probado que desde aproximadamente marzo de 2017 había prestado asistencia docente para preparar las oposiciones a una de las aspirantes que posteriormente realizó las pruebas ante el tribunal del que él mismo era secretario. El tribunal considera que esta circunstancia "era plenamente conocida" por el acusado cuando firmó las declaraciones.
El entonces marido descubrió los correos
Fue el entonces marido de la aspirante quien comunicó la situación a la Consejería de Educación y Deporte después de acceder al ordenador familiar y encontrar correos electrónicos intercambiados entre su esposa y el acusado.
El marido conocía que el funcionario ayudaba a su mujer a preparar las oposiciones, pues incluso la trasladaba hasta su domicilio para recibir las clases. Sin embargo, según recoge la resolución, había "detectado muchas llamadas telefónicas entre ellos" y sospechaba que mantenían una relación. Al acceder al ordenador encontró una fotografía de ambos juntos y los correos relacionados con la preparación del proceso selectivo.
La sentencia considera probado igualmente que el acusado y la opositora mantuvieron contactos telefónicos durante varios de los días en los que se desarrollaron las pruebas, además de antes y después del proceso.
La defensa recurrió la condena argumentando, entre otras cuestiones, que las pruebas habían sido obtenidas de manera "ilícita" por el marido al acceder sin autorización al ordenador de su esposa y solicitó que se anularan tanto esa documentación como la sentencia.
El TSJA considera válido el hallazgo de las pruebas
El TSJA rechaza este argumento al considerar que el hallazgo de los documentos relacionados con las oposiciones fue "casual", puesto que el objetivo inicial del marido era averiguar si existía una relación entre su entonces esposa y el acusado.
La Sala también tiene en cuenta que el ordenador era de "uso compartido" por el matrimonio y entiende que existía una autorización tácita para utilizarlo dentro del contexto de convivencia y confianza existente entre ambos.
Con estos argumentos, el TSJA mantiene la condena de tres años de prisión por falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, aunque reduce la multa y fija en dos años la inhabilitación especial para el ejercicio de su función docente en Educación Primaria.
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