La Audiencia Nacional ordena al Ministerio del Interior indemnizar a la familia del guardia civil José Manuel Arcos

La Sala reconoce el derecho de la viuda y los hijos del agente muerto en Huétor Vega en 2018 a recibir más de 334.200 euros tras declararse insolvente el condenado

Redacción  |  29 de septiembre de 2025
En Granada, imagen de archivo de la misa funeral por el guardia civil fallecido tras ser disparado en Huétor Vega en acto de servicio, a la que asistió el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska (ÁLEX CÁMARA - EUROPA PRESS)
En Granada, imagen de archivo de la misa funeral por el guardia civil fallecido tras ser disparado en Huétor Vega en acto de servicio, a la que asistió el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska (ÁLEX CÁMARA - EUROPA PRESS)

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso de la familia del guardia civil José Manuel Arcos, muerto al recibir un disparo durante un servicio en octubre de 2018 en Huétor Vega (Granada), contra el Ministerio del Interior, que había rechazado pagar la indemnización fijada en sentencia por insolvencia del condenado.

La sala ha reconocido que, conforme al principio de indemnidad aplicable a funcionarios, corresponde a la Administración asumir el pago de la indemnización de más de 334.200 euros a la viuda y los hijos del agente, sentando jurisprudencia para otros casos similares.

 

El agresor, un delincuente común apodado 'Kiki', fue condenado a 22 años y medio de prisión aunque declarado insolvente para cubrir las indemnizaciones. El ministerio alegó que los familiares no eran víctimas directas, argumento que la Audiencia Nacional ha desestimado en favor de la familia, destacando el carácter pionero de la resolución que beneficiará a otras cinco viudas de guardias civiles en proceso similar.

La sentencia confirma el compromiso de resarcir a funcionarios y sus familias cuando sufren daños en acto de servicio por acciones ilícitas de terceros insolventes, garantizando justicia y reparación a quienes perdieron a un ser querido en cumplimiento del deber.

Contra esta resolución cabe recurso de casación en un plazo de 30 días.

 
 
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