Sira Rego considera "un alivio" el archivo de la causa contra Juana Rivas
Infancia sostiene que la decisión judicial "no borra la injusticia" y anuncia que el Gobierno seguirá trabajando en la ley de violencia vicaria
La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha valorado el archivo de la segunda causa abierta contra Juana Rivas por un presunto delito de sustracción de menores y ha calificado la decisión judicial como "un alivio", aunque ha considerado que "no borra la injusticia" que, a su juicio, han sufrido Rivas y su familia.
"Todo mi cariño, Juana. El archivo de esta causa es un alivio, pero no borra la injusticia que habéis sufrido y seguís sufriendo. Por eso vamos a seguir trabajando para aprobar la ley de violencia vicaria y mejorar la LOPIVI. Seguimos a vuestro lado", ha manifestado Rego a través de sus redes sociales.
Las declaraciones de la ministra se producen después de que la titular de la plaza número 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Granada haya acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta en 2025 contra Juana Rivas, iniciada tras una denuncia de su expareja, Francesco Arcuri, después de que el hijo pequeño de ambos no regresara a Italia tras pasar las vacaciones de Navidad con su madre en Maracena.
La decisión judicial coincide con el criterio de la Fiscalía, que había solicitado el archivo al considerar que las diligencias practicadas durante la investigación no aportaban elementos suficientes para formular una acusación contra Rivas.
La resolución señala que Rivas actuó utilizando los cauces legales y judiciales disponibles, recurriendo las decisiones que consideraba perjudiciales para su hijo y solicitando judicialmente su suspensión.
El juzgado también tiene en cuenta que, cuando se produjo un requerimiento judicial efectivo para la entrega del menor y su regreso a Italia, Juana Rivas cumplió la resolución, sin que posteriormente se produjeran incumplimientos reiterados.
El auto concluye que los hechos investigados no reúnen la gravedad necesaria para integrar el delito de sustracción de menores previsto en el artículo 225 bis del Código Penal y acuerda, en consecuencia, el archivo provisional de las actuaciones.
El juzgado considera que no existen elementos suficientes para formular acusación por la permanencia de su hijo en Granada tras las vacaciones de Navidad de 2025
El Ministerio Fiscal considera que no existen elementos suficientes para acusarla y diferencia los hechos ocurridos en 2025 de los que motivaron su condena en 2017












