Sorprendido un individuo que dio positivo en alcohol circulando en patinete por la autovía
Un segundo individuo que dio positivo en droga fue sorprendido circulando en patinete por la carretera A-4006
La Guardia Civil ha denunciado a dos individuos que dieron positivo en alcohol y droga después de que fueran sorprendidos circulando en patinete por la autovía GR-30 y por la carretera A-4006, entre la GR-30 y Jun.
Agentes del Destacamento de Tráfico de Granada cuando vigilaban y controlaban el tráfico en las carreteras asignadas a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en el Área Metropolitana de Granda detectaron a dos individuos circulando en un VMP (Vehículo de movilidad personal), es decir, en un patinete, por la autovía y por la carretera que une la propia GR-30 con la localidad de Jun, infringiendo lo establecido en el art 38.4-5ª del vigente Reglamento General de Circulación: “Circular por travesía, vía interurbana o autopista y autovía que transcurre dentro de poblado, con vehículo de movilidad personal (VMP)” .
El primer individuo fue detectado circulando por la circunvalación de Granada, a la altura de Armilla, sobre las 7:20 horas del pasado sábado circulando en un patinete eléctrico. Al presentar síntomas de estar bajo los efectos del alcohol, fue sometido a la prueba de impregnación alcohólica y arrojó un resultado de 0.51 mgr / litro. Por lo que, además de por circular por una vía no autorizada, fue denunciado por alcoholemia positiva.
El segundo individuo fue sorprendido circulando por A-4006, en las inmediaciones de Jun a las 10:50 horas del pasado domingo. Como ocurriera con el anterior, fue sometido a la prueba de alcohol y drogas y esta arrojó como resultado la presencia de droga en el organismo en 3 sustancias, cocaína, opiáceos y THC. Esta prueba fue confirmada posteriormente por el laboratorio de referencia mediante una muestra de saliva.
Ante la proliferación de patinetes eléctricos, la Guardia Civil quiere recordar a sus usuarios que, como cualquier otro tipo de vehículo, están sujetos a la normativa vigente:
Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Estos vehículos deberán tener un certificado de circulación, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine.
El acusado es un "conocido delincuente" al que los agentes reconocieron después de que hubiera estado implicado en otro accidente
La persona que iba en el vehículo hizo caso omiso a las indicaciones de los agentes