La Audiencia archiva denuncia por la paralización de obras en Central Hidroeléctrica del Portillo

La empresa solicitó licencia de obras al ayuntamiento a finales de diciembre de 2017 y al no dictarse resolución expresa entendió que le había sido concedida por silencio positivo, por lo que inició los trabajos

Redacción  |  6 de abril de 2021
Central Hidroeléctrica del Portillo (AYUNTAMIENTO DE CASTRIL/ARCHIVO)
Central Hidroeléctrica del Portillo (AYUNTAMIENTO DE CASTRIL/ARCHIVO)

La Audiencia de Granada ha archivado en firme la denuncia presentada por la mercantil Andaluza de la Energía contra el alcalde de Castril, Miguel Pérez, por paralizar las obras de ejecución de una línea eléctrica enterrada que conectara la Central Hidroeléctrica del Portillo con la red de distribución, al entender que carecían de licencia municipal.

En un auto, contra el que no cabe recurso y al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Segunda de la Audiencia ha desestimado el recurso que la mercantil presentó en su día contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Huéscar de archivar esta denuncia y ha confirmado esta resolución.

 

El juez de Primera Instancia argumentó su decisión en que se trata de una cuestión de índole administrativa --y no penal-- en la que, además, ya existe pronunciamiento favorable al Ayuntamiento emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Granada, que avaló la paralización los trabajos.

La empresa solicitó licencia de obras al ayuntamiento a finales de diciembre de 2017 y al no dictarse resolución expresa entendió que le había sido concedida por silencio positivo, por lo que inició los trabajos en junio del año siguiente, pero el alcalde los paralizó primero de forma verbal y posteriormente mediante decreto.

La sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo da por acreditado que "las obras no estaban amparadas por licencia urbanística municipal y era plenamente procedente la medida acordada", por lo que se entiende que "en ningún caso pueda apreciarse el más mínimo indicio de la comisión de un delito de prevaricación administrativa" por parte del regidor.

 
 
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